Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia
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Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia
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Objeto y ámbito de aplicación
De la clasificación de las aguas minerales, termales y de manantial y de su aprovechamiento
capo CAPÍTULO IClasificación de las aguas minerales, termales y de manantial
capo CAPÍTULO IIAprovechamiento de las aguas minerales, termales y de manantial
sezione Sección 1.ª Declaración de la condición de mineral o termal de las aguas y reconocimiento del derecho a la utilización de tales denominaciones
sezione Sección 2.ª Reconocimiento del derecho a la utilización de la denominación agua de manantial
sezione Sección 3.ª Condiciones generales de aprovechamiento
De los establecimientos balnearios e instalaciones industriales
De la Junta Asesora
capo CAPÍTULO IDe la competencia administrativa
capo CAPÍTULO IIDe las infracciones y sanciones