Art. 26
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 26

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En vigor desde 30 jul 1995
La imposición de cualquiera de las sanciones establecidas en la presente Ley no excluye la responsabilidad civil del sancionado ni la indemnización que pueda exigírsele por daños y perjuicios.
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eli/es-ct/l/1995/06/21/5#art-26