Art. Disposición final primera
9 / 10En vigor desde 28 may 1995
Se autoriza al Gobierno valenciano para dictar las disposiciones reglamentarias que fueran precisas para la aplicación de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1995/03/20/5#disposicion-final-primera