Art. 1
1 / 10En vigor desde 28 may 1995
La administración de la Generalitat Valenciana prestará a las entidades locales de la Comunidad Valenciana la cooperación y asistencia que necesiten para el eficaz ejercicio de sus funciones en materia agraria.
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Proeli/es-vc/l/1995/03/20/5#art-1