Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional segunda
85 / 110En vigor desde 19 may 1994
El Departamento de Gobernación fomentará acciones positivas que favorezcan el acceso de las mujeres al conjunto de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña, así como su formación y su promoción.
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Proeli/es-ct/l/1994/05/04/5#disposicion-adicional-segunda