Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 23 jul 1999
Las referencias que se hacen en la presente Ley a la Escuela de Bomberos de Cataluña se entienden hechas a la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña. Se añade por el de la Ley 5/1999, de 12 de julio. Ref. BOE-A-1999-17138 .

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Pro

eli/es-ct/l/1994/05/04/5#disposicion-adicional-octava