Art. 33
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Derechos

Art. 33

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En vigor desde 19 may 1994
Los miembros del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad gozan de los derechos y las libertades sindicales, de acuerdo con la legislación en esta materia.
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eli/es-ct/l/1994/05/04/5#art-33