Art. 11
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

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En vigor desde 19 may 1994
1. El Cuerpo de Bomberos de la Generalidad tiene una estructura y una organización jerarquizadas, a través de los órganos del Departamento de Gobernación que se determinen por reglamento. 2. El Cuerpo de Bomberos de la Generalidad desarrolla las funciones de prevención y extinción de incendios y de salvamentos correspondientes a la Generalidad.
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