Art. 3
Título TÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 8 ene 1994
Quedan excluidas de la iniciativa popular las siguientes materias: 1. Aquellas que hagan referencia al título I del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y a la organización territorial de la misma. 2. Las que afecten a la organización institucional de la Generalidad, prevista en el título II del Estatuto de Autonomía. 3. Las de naturaleza tributaria y presupuestaria. 4. Las referidas a la planificación general de la actividad económica de la Comunidad. 5. Todas aquellas cuya competencia legislativa no corresponda a las Cortes Valencianas, o supongan una reforma del Estatuto de Autonomía.
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Pro

eli/es-vc/l/1993/12/27/5#art-3