Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 23En vigor desde 8 ene 1994
Es objeto de esta ley posibilitar que los ciudadanos mayores de edad que gocen de la condición política de valencianos, que estén inscritos en el censo electoral y que no estén privados de los derechos políticos, puedan ejercer ante las Cortes Valencianas la iniciativa legislativa prevista en el artículo 14.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1993/12/27/5#art-1