Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección Quinta. Proclamación de candidatos
Art. 62
62 / 178En vigor desde 7 jul 1990
Las listas proclamadas por la Junta Electoral del Territorio Histórico serán publicadas al día siguiente en el «Boletín Oficial del País Vasco».
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Proeli/es-pv/l/1990/06/15/5#art-62