Art. 8
Título TÍTULO II

Art. 8

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En vigor desde 6 ene 1987
Integran la Administración Electoral la Junta Electoral Central, la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, las Provinciales y de Zona, así como las Mesas Electorales.
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eli/es-cm/l/1986/12/23/5#art-8