Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 7 jul 1984
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Sea notorio que la Junta General del Principado ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley por la que se instituye el Día de Asturias.
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eli/es-as/l/1984/06/28/5#preambulo-preambulo