Art. Disposición final primera
Título TÍTULO V

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 24 mar 2007
Se autoriza al Consell para adoptar cuantas disposiciones reglamentarias precise la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente Ley. Se modifica por el .2 de la Ley 12/2007, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2007-8281 .

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eli/es-vc/l/1983/12/30/5#disposicion-final-primera