Título TÍTULO V
Art. 84
Derogado86 / 92En vigor desde 30 dic 1983
Las responsabilidades de orden penal y civil de las autoridades y funcionarios de la Generalidad Valenciana serán exigidas de acuerdo con lo previsto en las disposiciones generales del Estado en la materia, con la salvedad de que las referencias al Tribunal Supremo se entenderán hechas al Tribunal Superior de Justicia Valenciano.
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Proeli/es-vc/l/1983/12/30/5#art-84