Art. 5
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 13 oct 2021
En lo no previsto en este capítulo, serán de aplicación a las entidades sin fines lucrativos las normas del Impuesto sobre Sociedades. No obstante, en el caso de entidades a que se refieren las letras f) y g) del artículo 2 de esta ley, se aplicará lo dispuesto en este capítulo y en el capítulo siguiente, entendiéndose hechas las referencias del Impuesto sobre Sociedades al Impuesto sobre la Renta de no Residentes. En lo no previsto en este capítulo, serán de aplicación las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2021, por la disposición final 2.3 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2021-16477 , en la redacción dada por el .6 de la Ley 14/2021, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2021-16477#ad-2

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Pro

eli/es/l/2002/12/23/49#art-5