Art. Disposición adicional trigésima primera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional trigésima primera

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En vigor desde 1 ene 2016
Las prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, causadas hasta el 31 de diciembre de 2015, experimentarán en 2016 un incremento del 0,25 por ciento.
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