Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional sexagésima sexta
182 / 242En vigor desde 1 ene 2016
Uno. El evento de la salida desde la ciudad de Alicante de la vuelta al mundo a vela «Alicante 2017» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Dos. La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.
Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizarán por el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.
Cinco. Los beneficios de este programa serán los máximos previstos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002.
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Proeli/es/l/2015/10/29/48#disposicion-adicional-sexagesima-sexta