Art. Disposición adicional octogésima séptima
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional octogésima séptima

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En vigor desde 1 ene 2016
Se prorrogan durante el ejercicio 2016 los beneficios en la cotización a la Seguridad Social reconocidos en la Disposición transitoria única de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
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eli/es/l/2015/10/29/48#disposicion-adicional-octogesima-septima