Art. Disposición adicional duodécima
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Art. Disposición adicional duodécima

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En vigor desde 27 feb 2004
Las menciones que en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hacen al Reglamento de Servicio y Policía de los puertos se entenderán hechas al Reglamento de Explotación y Policía de los puertos.
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