Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 90
91 / 225En vigor desde 1 ene 2021
Constituyen el Tesoro Público todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo estatal, con exclusión de los sujetos contemplados en el artículo 2.2. b), d), g) y h) y 2.3, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.
Se modifica por la disposición final 17.8 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#df-18 Se modifica por la disposición final 19.3 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#df-20 Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2009, por la disposición final 10.6 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2003/11/26/47#art-90