Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 30

30 / 225
En vigor desde 1 ene 2004
1. Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley. 2. El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/11/26/47#art-30