Art. 174
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Auditorías públicas específicas

Art. 174

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En vigor desde 1 ene 2005
La auditoría pública de las empresas colaboradoras se ejercerá a través de la Intervención General de la Seguridad Social respecto a la gestión de la acción protectora a la que se refiere el artículo 77 de la Ley General de la Seguridad Social.
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eli/es/l/2003/11/26/47#art-174