Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 27 nov 2003
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición final primera, quedan derogadas todas las disposiciones del mismo o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta ley. En especial, se deroga el artículo 87.2 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, por el que el Museo Nacional del Prado se constituye en organismo autónomo de carácter administrativo.
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