Art. Disposición final decimotercera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final decimotercera

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En vigor desde 1 ene 1986
El Gobierno destinará un importe adicional de 3.050 millones de pesetas a los fondos previstos en los artículos 11.3 y 13.3 de la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado, para los fines previstos en dichos artículos.
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