Art. Disposición derogatoria cuarta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición derogatoria cuarta

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En vigor desde 1 ene 1986
A la entrada en vigor de la presente Ley queda derogada la disposición transitoria tercera de la Ley 20/1984, de 15 de junio, de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas.
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