Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional trigésima segunda
107 / 149En vigor desde 1 ene 1986
La disposición adicional decimoquinta de la Ley 74/1980, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1981, se entenderá en vigor con carácter permanente.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 98, de 24 de abril de 1986. Ref. BOE-A-1986-10108
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Proeli/es/l/1985/12/27/46#disposicion-adicional-trigesima-segunda