Art. Disposición transitoria quinta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria quinta

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En vigor desde 23 may 2024
(Derogada) Se deroga por la diposición derogatoria única.3 del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10235#dd Se deja sin efecto la derogación por Resolución de 10 de enero de 2024, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-664 Se deroga por la disposición derogatoria única.3 del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25759#dd Téngase en cuenta, la disposición transitoria 2 del citado Real Decreto-ley, en cuanto el régimen transitorio de compatibilidad del subsidio por desempleo con el trabajo por cuenta ajena. Se deroga el apartado 3.3 por la disposición derogatoria única 2.a) del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2012-9364 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2002/12/12/45#disposicion-transitoria-quinta