Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
30 / 30En vigor desde 14 dic 2002
Las referencias efectuadas en la presente Ley a los Servicios Públicos de Empleo se entenderán realizadas al Instituto Nacional de Empleo y a los correspondientes Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas competentes en la materia.
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Proeli/es/l/2002/12/12/45#disposicion-final-segunda