Art. 48
Título TÍTULO V

Art. 48

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En vigor desde 5 jun 2011
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única y el Anexo del Real Decreto 776/2011, de 3 de junio, por supresión del órgano colegiado Comisión Consultiva Profesional. Ref. BOE-A-2011-9736 .

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Pro

eli/es/l/2003/11/21/44#art-48