Secc. NORMAS RELATIVAS AL PRESUPUESTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Art. Disposición adicional decimoctava
73 / 87En vigor desde 1 ene 1984
Lo dispuesto en esta Ley sobre la aplicación de los artículos 59 y 60 de la Ley General Presupuestaria, a los créditos del Presupuesto de Gastos es, asimismo, aplicable a los que a nivel de subconcepto figuran en el anexo del Estado de Gastos del Presupuesto del Estado, y Organismos Autónomos.
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Proeli/es/l/1983/12/28/44#disposicion-adicional-decimoctava