Secc. Normas tributarias
Art. 36
36 / 87En vigor desde 1 ene 1985
1. Se prorroga para el año 1984 lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1983.
2. Se eleva a 130 pesetas litro el precio establecido en el párrafo 1.º del apartado b), de la letra A), del artículo 29 del texto refundido del Impuesto sobre el Lujo.
Se prorroga para el año 1985 por el art. 65 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1984-28337#asesentaycinco
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1983/12/28/44#art-36