Art. 59
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 59

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En vigor desde 22 feb 2004
Las Administraciones públicas promoverán programas de educación, divulgación y sensibilización relativos a los objetivos de esta ley, que estarán dirigidos a los integrantes del sistema educativo.
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eli/es/l/2003/11/21/43#art-59