Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Impuestos Especiales
Art. 68
68 / 205En vigor desde 18 ene 2007
Con efectos a partir del día 1 de enero de 2007, se modifican los epígrafes 1.3 y 1.5 de la tarifa 1.ª del artículo 50.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que quedan redactados como sigue:
Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 278,00 euros por 1.000 litros.
Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14,00 euros por tonelada.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/12/28/42#art-68