Art. 73
Título TÍTULO VII

Art. 73

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En vigor desde 27 nov 1999
Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a Oficiales Generales serán competencia del Ministro del Interior, a propuesta del Director general de la Guardia Civil con la conformidad del Secretario de Estado de Seguridad.
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eli/es/l/1999/11/25/42#art-73