Título TITULO III›Capítulo CAPITULO II
Art. 60
61 / 138En vigor desde 1 ene 1995
Se añade un segundo párrafo al artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con la siguiente redacción.
«Dichas pruebas, en las que deberán respetarse los principios de igualdad, mérito y capacidad, podrán llevarse a cabo en convocatorias independientes de las de ingreso cuando, por conveniencia de la planificación general de los recursos humanos, así lo autorice el Gobierno o el órgano competente de las demás Administraciones Públicas.»
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Proeli/es/l/1994/12/30/42#art-60