Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 7 oct 2015
(Derogada) . Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en la redacción dada por el art. único.71 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10142 .

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Pro

eli/es/l/2010/12/29/41#disposicion-adicional-primera