Art. 23
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 31 dic 2010
El Gobierno reforzará la cooperación entre el Reino de España y los demás Estados miembros de la Unión Europea, así como con terceros países que comparten la misma región o subregión marina a los efectos de asegurar la coherencia y coordinación de las estrategias de la misma zona, incluyendo los programas de seguimiento.
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eli/es/l/2010/12/29/41#art-23