Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 13 nov 2015
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11435#ddunica . Se deroga en lo que se refiere al plazo para resolver y notificar la resolución en los procedimientos sancionadores derivados de la comisión de las infracciones previstas en la Ley 19/1988, de 12 de junio, de Auditoría de Cuentas, por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio. Ref. BOE-A-2011-11345 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1999/11/12/41#disposicion-adicional-tercera