Art. 55 bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 55 bis

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En vigor desde 22 ago 2024
Las personas titulares de las Secretarías de Estado y de los órganos directivos de la Administración General del Estado se nombrarán atendiendo al principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres, de tal manera que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en el ámbito de cada departamento ministerial. Se añade por el .2 de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2024-15936#ao Téngase en cuenta para su aplicación lo previsto en la disposición transitoria 1.3 de la citada Ley Orgánica.

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Pro

eli/es/l/2015/10/01/40#art-55-bis