Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 9 dic 2003
Se entenderá que la solicitud de condición de familia numerosa conlleva el consentimiento para la cesión de datos de carácter personal necesarios para la comprobación de ingresos económicos de la unidad familiar por parte del órgano gestor.
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eli/es/l/2003/11/18/40#disposicion-adicional-octava