Capítulo CAPÍTULO III
Art. Artículo catorce
15 / 27En vigor desde 6 jul 2003
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 19/2003, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2003-13471 . Se convierten a euros las cuantías contempladas por el apartado 1 y anexo de la Resolución de 28 de septiembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-18591 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1979/12/10/40#articulo-catorce