Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Procedimiento sancionador

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 7 abr 2027
Lo establecido en la disposición adicional decimoctava no entrará en vigor hasta que se modifique el Decreto 59/1986, de 19 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Patronato de la Alhambra y Generalife, para adaptarlos en relación con la Comisión Técnica y la Ponencia Técnica.
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