Art. 143
Título TÍTULO VII

Art. 143

143 / 209
En vigor desde 7 abr 2027
La Consejería competente en materia de patrimonio cultural podrá aceptar el depósito voluntario de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de Andalucía en las condiciones establecidas por la legislación en materia de museos.
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eli/es-an/l/2026/03/24/4#art-143