Art. Disposición final septuagésimo segunda
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Art. Disposición final septuagésimo segunda

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En vigor desde 14 jul 2026
Esta ley entra en vigor al día siguiente de haberse publicado en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears», sin perjuicio de que el despliegue de efectos de determinadas disposiciones específicas se produzca en la fecha que establezcan expresamente estas disposiciones.
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