Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final cuadragésimo sexta
97 / 123En vigor desde 14 jul 2026
El apartado 4 del artículo 24 de la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente forma:
«4. Requisitos para ejercer la actividad: artículo 8.1, apartados a), b), c), d), g) y h).»
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Proeli/es-ib/l/2026/06/11/4#disposicion-final-cuadragesimo-sexta