Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición derogatoria
27 / 29En vigor desde 21 sept 2026
1. Queda derogada la Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura, y toda su normativa de desarrollo.
2. Quedan disueltas cuantas comisiones, organismos e instituciones de carácter público autonómico hubieran sido creadas a consecuencia de la citada ley.
3. Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango cuyo contenido se oponga a lo dispuesto en esta ley.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del esta disposición desde el 16 de julio de 2026 para las partes en el proceso y desde el 21 de septiembre de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 8 de septiembre de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 5463-2026. Ref. BOE-A-2026-19521
Se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición desde el 16 de julio de 2026 para las partes en el proceso y desde el 21 de septiembre de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 8 de septiembre de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 5463-2026. Ref. BOE-A-2026-19521S
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Proeli/es-ex/l/2025/10/15/4#disposicion-derogatoria