Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional decimocuarta
108 / 117En vigor desde 23 mar 2026
La Consejería competente en materia de industria, en coordinación con la Consejería competente en materia de política territorial, elaborará en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, un programa de implantación industrial en zonas de riesgo de despoblación, que identifique ámbitos de oportunidad y establezca medidas de discriminación positiva para atraer inversiones a estos territorios.
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Proeli/es-an/l/2025/12/15/4#disposicion-adicional-decimocuarta