Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 19
19 / 117En vigor desde 23 mar 2026
1. Se reconoce el papel de los espacios productivos en el desarrollo económico y social de Andalucía, la vertebración de su territorio, la implantación de nueva industria, el crecimiento de la actividad empresarial, la generación de empleo y el impulso a la innovación.
2. Se establece como principio rector la necesidad del reconocimiento de los espacios productivos, maximizando su capacidad para contribuir al bienestar de la sociedad y al crecimiento económico y a la cohesión social, de manera que la promoción de la inversión, la sostenibilidad y el acceso a recursos y servicios en estos espacios sean fines prioritarios, contribuyendo así a una distribución justa de la riqueza.
3. El fomento de los espacios productivos incluirá medidas para impulsar la competitividad empresarial, la tramitación de proyectos de desarrollo o asentamiento en ellos, el bienestar de las personas trabajadoras, la generación de empleo y la innovación.
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Proeli/es-an/l/2025/12/15/4#art-19