Art. 8
Título TÍTULO I

Art. 8

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En vigor desde 6 ago 2025
1. La sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha incluirá un buzón de simplificación administrativa, adscrito a la consejería con competencias en materia de calidad de los servicios, en el que la ciudadanía podrá realizar observaciones, aportaciones y sugerencias en esta materia, sobre aquellos procedimientos, trámites y convocatorias competencia de la Administración regional. 2. El buzón canalizará las observaciones, aportaciones y sugerencias en materia de empresas, las cuales se remitirán a la consejería competente en la materia. 3. El buzón será plenamente accesible y garantizará el acceso a las personas y colectivos en situación de vulnerabilidad.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-8